Obligaciones legales para el destinatario

1. Recepción de la factura por medio electrónico

  • Verificación de los contenidos mínimos exigibles y
  • Verificación segura de la firma electrónica.

Regulado en el artículo 21 e inherente a las obligaciones de la conservación de las facturas electrónicas se indica que:

“El destinatario se debe asegurar de la legibilidad en el formato original en el que se haya recibido, así como, en su caso, de los datos asociados y mecanismo de verificación de firma”.

A diferencia del emisor, al que se permite construir la factura desde la matriz, el destinatario debe conservar los originales firmados.

2. Contabilización y anotación en registros de IVA.

3. Conservación durante el período de prescripción.

4. Deber de gestionar las facturas de modo que se garantice una accesibilidad completa:

  • visualización,
  • búsqueda selectiva,
  • copia o
  • descarga en línea e impresión.

5. Todas las fases anteriores puede subcontratarlas a un tercero, sin perder su responsabilidad.